CONTINÚA CAPACITACIÓN a personal de bares escolares

(JRC).- Hoy concluye el ciclo de capacitación a personal que labora en los bares escolares así como expendedores de alimentos de las escuelas del cantón, quienes han recibido charlas sobre manipulación de productos , higiene y nutrición infantil.
Estas conferencias organizadas por la Dirección de Salud de El Oro se realizaron desde el miércoles veintiocho de mayo, primeramente en el colegio 9 de Octubre y desde ayer en las instalaciones del Instituto Superior Ismael Pérez Pazmiño, donde más de sesenta expendedores se dieron cita a la convocatoria efectuada por las autoridades de salud.
La capacitación estuvo bajo la coordinación de las Direcciones de Salud y Educación a través de los departamentos de Educación para la Salud de ambas instituciones y de las Unidades Territoriales Educativas 1 y 2-UTE Machala.
Los aspectos que han conocido los asistentes son ley orgánica de salud sobre el expendio de alimentos de los bares escolares, alimentos adecuados que deben consumir los niños y adolescentes y manipulación de alimentos e higiene de los bares escolares.
Acuerdo Ministerial
También se difundió el Acuerdo Ministerial No. 280 que establece las normas para la contratación e higiene del personal y del establecimiento para el expendio de alimentos, pues el objetivo es que los estudiantes no consuman comida “chatarra” sino una dieta balanceada y nutritiva.
Las disposiciones sobre la higiene, preparación de alimentos y nutrición, deben ser acatadas por los responsables de los bares que funcionan en jardines, escuelas y colegios.
En el mencionado acuerdo ministerial se ordena que los locales de los bares escolares completos deben tener un área mínima de diez metros cuadrados, con sufi cientes luz y ventilación.
En el caso de bares adaptados o quioscos, deben tener acceso cercano a servicios higiénicos y lavabos; además de poseer un depósito de agua limpia y fresca.
Alimentos sanos
Según señala el Acuerdo Ministerial, los alimentos que se expendan deben ser naturales y frescos, cuyas características físicas, químicas y biológicas no atenten contra la salud de los que consumen
Todos los alimentos y bebidas elaboradas deberán tener el correspondiente Registro Sanitario.
Además la materia prima para la preparación de las comidas debe almacenarse en envases adecuados que garanticen la conservación y limpieza.
Se dispone también que los alimentos para su expendio deben ser manipulados mediante guantes plásticos desechables o en su empaque original.
En caso de utilizar vajilla retornable, su limpieza se la realizará con agua circulante y detergente; de igual manera, debe incentivarse el uso de servilletas desechables y manteles de tela, preferentemente blanca.
Requisitos
Tanto el administrador como los empleados del bar, deberán presentar el certifi – cado de salud, previo al ejercicio de su actividad y cumplir con las normas sanitarias establecidas en el MSP, entre ellas: aseo personal; cabellos y uñas cortas y limpias; piel sana, sin afecciones cutáneas o heridas; no toser o estornudar sobre los alimentos; no fumar ni ingerir licor en el bar.














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