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Discrimen laboral por VIH, en la mira del Gobierno

Las autoridades del trabajo en la provincia El Oro, descartan todo discrimen a los trabajadores en general.

(AChC).- Una persona que vive con el VIH no representa un riesgo para sus compañeros de trabajo, por lo tanto no se justifica que la empresa lo sepa; la decisión del trabajador de informar o nó de su estado del salud corresponde únicamente a la persona, indicó el abogado Edgar Ordóñez, Inspector Verificador del Ministerio de Trabajo, en Machala.

Vigente

La autoridad ante la serie de comentarios negativos que podrían discriminar en la provincia de El Oro, trabajadores públicos o privados recuerda que está vigente el Acuerdo Ministerial 398, que en su artículo 1 prohíbe la terminación de las relaciones laborales por petición de visto bueno del empleador, por desahucio o por despido de trabajadores y trabajadoras su estado de salud que estén viviendo con VIH-Sida, en virtud que violenta el principio de no discriminación consagrado en la Constitución Política de la República en su artículo 23 numeral 3, del Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la no discriminación en la ocupación y en el empleo.

Autoridades

Las autoridades laborales de la provincia El Oro, señalan que hasta la fecha no existe ningún caso de discrimen en ninguna entidad ni pública ni privada El abogado Edgar Ordóñez, Inspector Verificador del Ministerio de Trabajo de la Inspectoría Provincial reconoce que si existen empresas, colegios, universidades que están exigiendo certificado médico a las personas para constatar si tienen o no VIH-Sida.

El les recuerda que el Acuerdo Ministerial prohíbe solicitar prueba de detección de VIH-Sida como requisito para obtener o conservar un empleo, en las empresas e instituciones privadas, mixtas o extranjeras.

“Es más, el artículo 2 señala que las personas que se encuentren en actividad laboral bajo relación de dependencia y que hayan desarrollado el Síndrome de Inmune Deficiencia Adquirida (Sida) y que como consecuencia de dicha enfermedad ya no pueden desarrollar con normalidad sus actividades laborales, estarán a lo dispuesto en el artículo 175 del Código de Trabajo y en el artículo 186 de la Ley de Seguridad Social, siendo obligación del patrono tramitar la jubilación por invalidez absoluta y permanente en el Iess”,

agregó el abogado Edgar Ordóñez.

Es voluntaria La autoridad del trabajo en El Oro, señala que se promueve la prueba de detección del VIH-Sida única y exclusivamente de manera voluntaria, individual, confidencial y con consejería y promocionarse en el lugar de trabajo la importancia de la prevención de esta enfermedad e incluirlo dentro de los programas de prevención de riesgos psicosociales.

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2 Comentarios para la noticia “Discrimen laboral por VIH, en la mira del Gobierno”

  1. Si a Ud. le interesa prevenirse del impacto de esta epidemia, la siguiente es la dirección en Internet de un Programa Audiovisual de Prevención de Sida:
    http://www.eldorado-internacional.org/documentos/doc_004.pdf

  2. Hace algunos anos fui victima de discriminacion porser portador asintomatico de el virus de el VIH y desde entonces estoy tratando de recuperar my trabajo, durante casi 8 anos trabaje para la CTG de guayas hasta que por un examen fisico que me hicieron en la institucion me detectaron el virus de el VIH y fue entonces cuando me aplicaron un reglamento interno en el cual dice que tienen derecho a despedirme por portar este virus y me indemnizaron con 400 dolares y me dejaron sin trabajo creen ustedes que esto es justo? desde entonces mi vida no es facil perdi derecho a hacerme atender por el seguro por ya no tener un patrono que no haga y al tener la enfermedad ya no podia hacer mis aportaciones voluntarias e contratado abogados para que me ayuden y ellos me dicen que no hay ley que me ampare es acaso que las leyes no sirven cuando se lucha contra instituciones como la CTG de el guayas apreciaria si ustedes me pueden dar alguna luz en esta lucha en la que llevo anos.

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