Chulqueros: Sangre y Miseria
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Abg. Luis
Moscoso Ortiz |
Continuamos frente a personas
inescrupulosas que
desangran a quienes han
caído en sus manos, les esquilman
a tal punto que los dejan sin
nada, lo que se dice comúnmente,
limpios, y pasan a ser las
“vacas sagradas” de una sociedad,
con sus edificios y negocios
mal habidos, fruto de quienes
entraron en crisis económica y a
quienes les despojaron de todos
sus bienes.
Estos elementos que en el ardor
popular se los denomina CHULQUEROS, son
elementos con poca dignidad y amor propio, son
sujetos que producen repugnancia y dan asco;
todo aquello que trastoca el chulquerismo,
hemos querido analizarlo con ustedes dignos lectores
para que vayamos sacando una conclusión
y que llegado el momento se tomen correctivos
oportunos y que la misma Ley y Constitución
reglamente los actos libertinos que se consuman
con la misma Ley, o sea, por un lado se pretende
enderezar los entuertos y con lo mismo se los
solapa; en términos morochos: “los “honrados”,
ladrones con patente de corzo”, porque a eso se
llega con una justicia timorata, cómplice y encubridora
de estos delitos.
Su significado:
“LETRA DE CAMBIO: Título de crédito,
revestido de los requisitos, legales, en virtud del
cual una persona, llamada librador, ordena u otro
llamado tomador, una suma determinada de dinero,
en el tiempo que se indique o a su presentación.
ACEPTADA: Aquella en que el librado, al
aceptar el mando del librador, se obliga a pagar la
letra de su vencimiento.
AL PORTADOR: La
cobrable por quien la tenga en su poder, siempre
que no se indique el nombre del tomador.
DOMICILIADA: La que contiene la declaración,
hecha por el librador o por el aceptante, de que
debe ser pagada en el lugar determinado en la
misma y distinto del domicilio del librado.”
Nos parece importante el documento como
tal, donde no estamos de acuerdo es en la forma
como esta circula y como la utilizan los CHULQUEROS,
maleantes, sangradores y estafadores
en las distintas actividades de comercio, al que lo
denigran y lo han prostituido; a estos asuntos
intentamos lograrles un análisis que permita asegurar
la moral comercial y la transparencia en las
transacciones comerciales que ocupen estos
documentos LETRAS DE CAMBIO, para lo que:
- Que la circulación se regule por el SRI, con
numeración y fecha; caducidad; y que, su inscripción
en el Registro Mercantil sea de obligación
inmediata, so pena de las multas y nulidad correspondiente. - Que el sistema financiero bancario
entienda que es urgente un reordenamiento legal
con carácter funcional del andamiaje operativo
en el crédito; bajos intereses, programas a financiarse,
control de la inversión, con inspectores
probos y seguimientos que permitan asegurar su
desarrollo y el cumplimiento de las obligaciones
adquiridas por el usuario. - Que la Constitución
y la Ley del sistema financiero del país, garantice
la inversión de otras entidades que deseen operar
en condiciones y servicios competitivos. - Que la legalización de documentos, en notarías,
registradurías de la propiedad y la entidad crediticia,
para el solicitante, estén dispuestos en el
0.25% del valor total del crédito. - Que la falta de
atención al usuario por los organismos de crédito,
concretada la denuncia, tenga un plazo no
mayor de treinta días para su resolución por autoridad
competente.
No podemos continuar con los
abusos de que debe realizarse otra inspección y
evaluación del bien a hipotecarse con cargo al
usuario en 500 y más dólares, por no hacer nada
y a costa del usuario, cuando esto debe ser de
obligación del banco o de la entidad de crediticia.





Sería importante una entidad financiera del Estado pueda cancelar deudas de quienes han sido y son víctimas de chulqueros cencele estad deudas y las refinancie conforme la capacidad de pago del deudor, en todo caso si un bien fuere incautado por causa de un chulco impagable, mejor que ese bien quede en poder del Estado, la inversión estaría protegida y se les corta las alas a los agiotistas.