Trámites que podrá realizarse ante Notarios

En las Notarías se espera la publicación de la reforma legal para atender los trámites
de los usuarios.
  • Proceder a la apertura y publicación
    de testamentos cerrados.

Para el
efecto, el que tenga o crea tener interés
en la sucesión de una persona, puede
solicitar al notario, ante quien el causante
otorgó el testamento y lo haya conservado
en su poder, proceda a exhibirlo
para su posterior apertura y publicación
en la fecha y hora que para tal propósito
señale.

  • Autorizar los actos de amojonamiento
    y deslinde en sectores rurales, que a
    petición de las partes, siempre que exista
    acuerdo, tengan por objeto el restablecimiento
    de los linderos que se hubieren
    oscurecido, desaparecido o experimentado
    cualquier cambio o alteración, o en
    que se deban fijar por primera vez la
    línea de separación entre dos o más
    inmuebles, con señalamiento de linderos.

  • Tramitar divorcios por mutuo consentimiento,
    únicamente en los casos en
    que los cónyuges no tengan hijos menores
    de edad o bajo su dependencia.
  • Proceder a la liquidación de sociedad
    de bienes o de la sociedad conyugal.
  • Autorizar la emancipación voluntaria
    del hijo adulto, conforme lo previsto
    en el artículo 309 del Código Civil.
  • Tramitar la petición de declaratoria
    de interdicción para administrar los bienes
    de una persona declarada reo por sentencia
    ejecutoriada penal
  • Solemnizar la declaración de los
    convivientes sobre la existencia de la
    unión de hecho.
  • Declarar la extinción de usufructo.

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