Trámites que podrá realizarse ante Notarios
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En las Notarías se espera la publicación de la reforma legal para atender los trámites
de los usuarios. |
- Proceder a la apertura y publicación
de testamentos cerrados.
Para el
efecto, el que tenga o crea tener interés
en la sucesión de una persona, puede
solicitar al notario, ante quien el causante
otorgó el testamento y lo haya conservado
en su poder, proceda a exhibirlo
para su posterior apertura y publicación
en la fecha y hora que para tal propósito
señale.
- Autorizar los actos de amojonamiento
y deslinde en sectores rurales, que a
petición de las partes, siempre que exista
acuerdo, tengan por objeto el restablecimiento
de los linderos que se hubieren
oscurecido, desaparecido o experimentado
cualquier cambio o alteración, o en
que se deban fijar por primera vez la
línea de separación entre dos o más
inmuebles, con señalamiento de linderos.
-
Tramitar divorcios por mutuo consentimiento,
únicamente en los casos en
que los cónyuges no tengan hijos menores
de edad o bajo su dependencia. -
Proceder a la liquidación de sociedad
de bienes o de la sociedad conyugal. -
Autorizar la emancipación voluntaria
del hijo adulto, conforme lo previsto
en el artículo 309 del Código Civil. -
Tramitar la petición de declaratoria
de interdicción para administrar los bienes
de una persona declarada reo por sentencia
ejecutoriada penal -
Solemnizar la declaración de los
convivientes sobre la existencia de la
unión de hecho. -
Declarar la extinción de usufructo.

















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