Por vía Civil recuperarán dinero
Machala, 20 de Marzo (AChC).- Tres acreedores del notario Cabrera Román, plantean la nulidad del
pedido de repudiación a la herencia formulada a destiempo por los herederos Cabrera Gallardo,
mediante el cual estarían en condiciones de recuperar sus dineros, según se tramita en el Juzgado
Tercero de lo Civil de El Oro.
Herencia yacente es la figura jurídica civil por la cual se declara que la herencia ha sido aceptada o
repudiada por alguien luego de 15 días de suscitada la apertura de la sucesión, es decir cuando nadie
acepta o dice yo soy heredero, ante ello cualquier interesado puede pedir que se declare la herencia
yacente.
Como la herencia está ahí, tres acreedores del notario Sonia Romero Toledo, Leydi Patricia Toro Abad y
José Buele Buele, presentaron ante el Juzgado Segundo de lo Civil la autorización vo-luntaria y piden
que la judicatura autorice aceptar la herencia repudiada por los herederos de quien en vida llamó José
Cabrera Ramón hasta por el valor de sus acreencias.
Una vez declarada la herencia yacente se nombra un curador de esa herencia para que ocupe un lugar
en nombre de los herederos que no han aceptado ni repudiado la misma en el término que manda la
ley; debe hacer un inventario de los bienes de los herederos y pagar las deudas.
El 7 de marzo, el Juez Tercero de lo Civil de El Oro, mediante providencia dispone autorizar a Sonia
Romero, Leydi Toro y José Buele, que acepten la herencia que ha sido repudiada por los señores
Carolina Monserrat y José Manuel Cabrera Gallardo y se dispone se rescinda a favor de ellos la
repudiación hecha por los mencionados herederos hasta el monto de su crédito, sin perjuicio de la
prosecución de la vía incidental.
















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